¿Qué diferencias hay entre abuso, agresión y acoso sexual?

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Todos ellos son delitos sexuales sometidos a penas de prisión. Nuestros abogados penalistas en Sevilla aclaran estos conceptos según el Código Penal.

El caso de La Manada abrió el debate sobre la diferenciación de los delitos sexuales, sobre todo, entre abuso y agresión sexual. Veremos qué dice el Código Penal sobre cada tipo de delito.

Delito de agresión sexual

Consiste en la violencia o intimidación contra la libertad sexual de otra persona. Establece de forma general una pena de prisión de uno a cinco años. Si la agresión sexual implica acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, puede estar penada con prisión de seis a doce años.

Hay distintas circunstancias que agravan la pena a cumplir. Entre ellas está el carácter degradante o vejatorio, la actuación conjunta de dos o más personas, la condición de vulnerabilidad de la víctima o la relación de vulnerabilidad o parentesco, entre otros.

Delito de abuso sexual

Se trata de actos que vulneren la libertad o indemnidad sexual de otra persona sin recurrir a violencia o intimidación y sin que haya consentimiento. La comisión de este delito acarrea penas de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

Normalmente, hablamos de actos sexuales no consentidos sobre personas que se hallen privadas de sentido, con trastornos mentales, uso de fármacos, drogas o sustancias naturales o químicas.

Delito de acoso sexual

Es la petición de favores de naturaleza sexual, para uno mismo o para terceros, en un ámbito laboral, docente o de prestación de servicios, con una relación continuada o habitual. El Código Penal establece, como punto de partida, penas de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a diez meses. La condena puede endurecerse en determinados casos como, por ejemplo, si se demuestra superioridad laboral.

En Domínguez-Franco Abogados estamos al tanto de que está planeado introducir novedades en el Código Penal sobre los delitos sexuales. Se pretende simplificar la clasificación de delitos sexuales y rebajar las penas para no equipararlas con los homicidios. Si necesitas un abogado penalista en Sevilla, no dudes en consultarnos.

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