No todas las familias pueden acogerse a la custodia compartida. Como abogados de familia en Sevilla, te resumimos los requisitos a cumplir.
¿Qué es la custodia compartida?
La responsabilidad en igualdad de condiciones para los dos progenitores en términos de crianza, bienestar y educación de sus hijos. En la actualidad se considera un mecanismo deseable en todos los juzgados de familia, aunque solo se aplica en 3 de cada 10 separaciones.
Sin embargo, ya no puede tratarse como una medida marginal, puesto que cada día más progenitores pactan de mutuo acuerdo pedir la custodia compartida.
¿Qué requisitos se establecen para la custodia compartida?
Los abogados de familia sabemos bien que, pese a que sea deseable en muchas familias, no siempre podemos conseguir una custodia compartida. Hay una serie de requisitos para que la concedan:
1. Debe estar solicitada por uno de los dos progenitores. Al menos uno debe presentar su deseo ante esta fórmula de guarda y custodia de sus hijos.
2. Prevalezca el interés del menor. El juzgado evalúa si la medida repercutirá en el bienestar del menor o le causará perjuicio.
3. Cuál es la opinión del menor si tiene más de 12 años o madurez suficiente. El testimonio de los menores goza de gran relevancia en la decisión tomada por el juez. Por lo que resulta común que pida audiencia para el menor cuando ya ha cumplido los 12 años o cuenta con juicio suficiente como para dar su opinión.
4. Los progenitores se relacionen de forma respetuosa y cordial. Se trata de que los conflictos entre ambos no lleguen a los menores y afecten a la manera de desarrollarse la custodia compartida.
5. Ninguno de los progenitores se encuentre en un proceso penal con indicios de violencia doméstica. De ser así quedará descartado este tipo de custodia automáticamente.
¿Quieres que uno de nuestros abogados de familia en Sevilla te asesoren sobre la custodia compartida? También podemos ayudarte en otros temas, como el divorcio de mutuo acuerdo o la modificación de medidas en la custodia de menores.