En aplicación de los principios generales de la normativa en salud laboral, la LPRL define, en su art. 14 una amplia y compleja obligación empresarial de 'protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales' que deriva obligatoriamente del contrato de trabajo y que obliga al empresario a 'garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo…mediante la adopción de… cuantas medidas sean necesarias'. Dicha protección de la...
¿Tú o tu ex queréis pedir la custodia compartida para vuestros hijos? Como abogados de familia te recomendamos que tengas en cuenta estas claves. La custodia compartida en la actualidad Cada día hay más parejas que, ante un divorcio o una separación con menores, piden la custodia compartida. Ya no se ve como una opción reducida a una minoría de casos. Pero, pese a su popularidad, todavía hay aspectos desconocidos para muchos de los interesados. 3 aspectos de interés sobre la custodia compart...
Ahora que con el buen tiempo se multiplican las actuaciones musicales y todo tipo de eventos, no está mal recordar que con efectos desde 1 de enero de 2019, el Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, añadió un nuevo número 13.º en el artículo 91.Uno.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA), por el que se aplica el tipo impositivo del 10% a los servicios siguientes: "13.º Los prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que sean pers...
El acoso laboral o mobbing no tiene en nuestro ordenamiento jurídico una definición expresa, por lo que hemos de acudir a los distintos pronunciamientos judiciales sobre la materia. El artículo 4.2 apartado e) del Estatuto de los Trabajadores establece que “los trabajadores tienen derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sex...
¿Llegaste a un acuerdo para disfrutar de tus vacaciones y ahora tu empresa te notifica la imposibilidad de disfrutar de ellas? Pues bien, debes recurrir a los instrumentos jurídicos pertinentes para poder solucionar este problema, puesto que, en caso de que disfrutes de ellas, la empresa puede proceder a tu despido de manera procedente. Tanto el TSJ de Navarra como el TSJ de Madrid han declarado recientemente que es procedente el despido de un trabajador, al que la empresa le notificó la imposib...
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