¿Has vendido tu vivienda habitual y has obtenido una ganancia patrimonial como consecuencia de esa venta? Si ha sido así existe la posibilidad de que dicha ganancia está exenta de tributación. Dicha ganancia patrimonial puede estar exenta por dos motivos: En primer lugar, porque el importe total obtenido se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual, en las condiciones que después analizaremos. Es segundo lugar, y como establece la legislación actual, a estos efectos, se asimila...
La venta de la vivienda habitual de personas mayores de 65 años está EXENTA de tributar. Son dos los requisitos para que se pueda disfrutar de esta exención: 1. Que se trate de la vivienda habitual. El artículo 41 del Reglamento del IRPF define la vivienda habitual como la edificación que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de al menos 3 años. 2. Que el vendedor sea mayor de 65 años. No obstante, el contribuyente tendrá que realizar su declaración de la renta e...
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