El Tribunal Supremo en sentencia de 24 de octubre de 2018 establece que el certificado emitido por la tesorería general de la seguridad social (TGSS) en la que certifica que una empresa “no tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la seguridad social” no evita la responsabilidad solidaria que se produce en un supuesto de sucesión de empresa, dado que pueden existir deudas no reclamadas aún por la TGSS de las que puede responder la empresa que adquiere otra empre...
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