La empresa podrá realizar el despido al trabajador siempre que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si concurre alguna de las causas citadas en la empresa, el despido será procedente. El artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que concurren causas económicas para proceder al despido del trabajador cuando “cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales ...
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