El Tribunal Supremo en su reciente Sentencia de 29 de enero de 2020 ha establecido que corresponde probar la realidad de los desplazamientos y gastos de manutención y estancia a los efectos de su no sujeción al IRPF al empresario y no al trabajador. Por lo tanto, la Agencia Tributaria (en adelante AEAT) en su labor de inspección habrá de dirigirse al empleador para que le justifique la realidad de los desplazamientos realizados en un determinado día, el lugar, así como el motivo o razón por el...
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