El coronavirus ha obligado a muchas empresas a acogerse a un ERTE, incluso prescindir de sus empleados. Pero ¿se puede despedir en esta situación?
Desde el inicio de la pandemia, el Gobierno ha acordado una serie de medidas para paliar los efectos del virus.
Como consecuencia, un gran número de negocios se han visto afectados. Por lo tanto, con el objetivo de evitar el cierre total, las empresas han tenido que recurrir a un ERTE.
A cambio, estas pueden beneficiarse de exoneraciones en las cuotas, siempre y cuando salvaguarden el empleo.
Es decir, suspender o reducir la jornada no consiste en una causa objetiva ni de fuerza mayor para justificar despidos mientras siga vigente el ERTE o varios meses después.
Las empresas acogidas a un ERTE deben comprometerse a mantener el empleo durante un periodo de 6 meses desde la fecha de reincorporación de sus empleados.
En caso contrario, la compañía tendrá que devolver las cuotas exoneradas de todos los trabajadores afectados por el expediente de regulación.
Sucede exactamente igual que con aquellos que operan de forma presencial. En definitiva, no podrán ser despedidos hasta 6 meses después de su vuelta.
No obstante, si bien la opción de trabajar a distancia nos ha facilitado la forma de operar para no tener que recurrir al cierre temporal, también acarrea algunas complicaciones. Sobre todo a la hora de despedir.
Vivimos una situación difícil. Por eso, nuestros asesores laborales en Sevilla, especialistas en Derecho, recomiendan seguir unas pautas cuidadosas para evitar problemas legales.
Si tienes dudas sobre cómo despedir a un trabajador, en Domínguez-Franco Abogados tenemos una amplia experiencia en trámites de este tipo. Consúltanos y déjanos asesorarte.
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