Eres mujer, has dado a luz y, tras la baja maternal, tienes que volver a tu puesto de trabajo, pero las labores que desempeñas pueden suponer un riesgo para tu salud o la de tu hijo. Esto se denomina como riesgo durante de la lactancia natural.
Está relacionado con las propias condiciones laborales que supone el puesto de trabajo que desempeña la mujer. La empresa está obligada a estudiar, en su evaluación de riesgos, si las condiciones laborales suponen un peligro para la salud de la madre o la del bebé (hasta los 9 meses).
Si las condiciones laborales pueden influir de manera negativa en la salud de la mujer trabajadora o del bebé, la empresa está obligada a:
¿Cómo se cobra este subsidio? La mutua abona la prestación a la trabajadora descontando la cuota de cotización y, en su caso, la retención del IRPF. Y la empresa está obligada a mantener de alta a la madre trabajadora y cotizar la cuota empresarial correspondiente.
En el supuesto de poder adaptar el puesto laboral, la empresa se beneficiará de una reducción del 50% en su cotización por contingencias comunes.
Además, si se acuerda un contrato de interinidad para suplir a la trabajadora en situación de riesgo en la lactancia, la empresa tendrá bonificadas el 100% de las cotizaciones.
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