Plazo y cálculo para la plusvalía municipal en Sevilla

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¿Vas a hacer una transmisión patrimonial pronto? Conoce el plazo y cómo calcular la plusvalía municipal en Sevilla de tu inmueble.

¿Qué es la plusvalía municipal?

Se trata de un impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Como tal, hay que satisfacerlo ante cualquier transmisión o en la constitución o transmisión de derechos reales limitativos de dominio mediante una autoliquidación.

¿Existe un plazo para pagar la plusvalía municipal?

Sí. Una vez ha ocurrido el hecho imponible (transmisión de inmuebles urbanos), los sujetos pasivos están obligados a presentar y abonar la autoliquidación que corresponda. El plazo depende de la naturaleza de la transmisión:

Hasta 6 meses para transmisiones mortis-causa. Se calculan desde la fecha de fallecimiento del causante. Este periodo se puede prorrogar hasta un año si el sujeto pasivo lo solicita dentro de los 6 meses iniciales. Es el plazo contemplado para herencias y donaciones.

30 días hábiles para transmisiones inter-vivos. El plazo comienza a contar desde el día siguiente a la fecha de la transmisión (que suele coincidir con la fecha de la escritura pública). Este es el límite de días que tendrás para abonar el impuesto si has vendido un inmueble.

Si el impuesto no se paga en este periodo, las tasas llevarán intereses de demora.

¿Cuánto se paga de plusvalía municipal en Sevilla?

Para hacer el cálculo de la plusvalía municipal en Sevilla, hay que tener en cuenta algunas variables:

— Valor catastral del suelo.

Número de años completos en los que se ha producido el incremento de valor desde la anterior transmisión del inmueble.

Incrementos porcentuales que fija el Ayuntamiento de Sevilla:

2,5 % anual para incrementos de valor generados en un periodo de hasta 5 años.

3,5 % anual para los incrementos de valor generados en un periodo de hasta 10 años.

3,2 % anual para los incrementos de valor generados en un periodo de hasta 15 años.

3 % anual para los incrementos de valor generados en un periodo de hasta 20 años.

Si el periodo es menor a un año, la base imponible es cero y no hay importe a ingresar.

Con todo este cálculo se multiplica por el tipo de gravamen de Sevilla (26,8 % para devengos producidos en 2016).

Ejemplo de cálculo de la plusvalía municipal de Sevilla en 2019

Fecha de compra: 21/05/2013

Fecha de venta: 6/08/2016

Valor de suelo: 20.226,43 €

Se multiplica el valor del suelo por el coeficiente que aplica el Ayuntamiento de Sevilla para las transmisiones de menos de cinco años (2,5 %): 20 226,43 x 2,5% = 505,66

Se multiplica el resultado anterior por el número de años de posesión del inmueble, 505,56 x 3 = 1 516,98

Se multiplica por el tipo de gravamen de Sevilla (26,8 %) y obtenemos la plusvalía a pagar: 406,551 €

Hay algunas especificaciones concretas según el coeficiente de transmisión (total de la propiedad, usufructo, derecho de uso…).

Si quieres que te informemos de tu caso concreto o necesitas una asesoría fiscal para todo el proceso de pago de impuestos y liquidaciones, llámanos. Gestionamos la plusvalía municipal por la venta de viviendas y de otros inmuebles en Sevilla.

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