Cuando recibes una herencia, tienes la obligación de pagar el Impuesto sobre Sucesiones. Nuestros asesores fiscales en Sevilla nos cuentan todas las claves.
— Autonómica. De hasta 1 000 000 € para cada heredero que sea cónyuge o pariente directo de la persona difunta, siempre que el patrimonio preexistente del heredero no supere el millón de euros.
— Por discapacidad. Las condiciones son las mismas que en el primer supuesto. Sin embargo, se podrá aplicar cuando se certifique que la discapacidad es igual o superior al 33 %.
— Por explotaciones agrarias. Del 99 % en la base imponible en caso de que el difunto ejerciera la actividad agraria de forma habitual, el negocio se haya mantenido durante 5 años después del fallecimiento o el heredero —a pesar de no tener parentesco directo— sea agricultor profesional o tenga un contrato laboral vigente.
¿Has recibido una herencia y necesitas un asesor fiscal? En Domínguez-Franco Asesores contamos con asesores tributarios que te ayudarán con el pago de impuestos. Consúltanos en el 955 432 546.
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